02.11.2026 | 10:13 — INFRAESTRUCTURA REGIONAL
Despacho favorable para el convenio de comodato entre la Municipalidad de San Javier y el Poder Judicial
El proyecto de ordenanza impulsado por el Departamento Ejecutivo Municipal establece la cesión en comodato de la esquina de Independencia y 9 de Julio, Polo Cultural, a la Corte Suprema Provincial. El dictamen conjunto de las comisiones aprobó la medida e incorporó la exigencia de un Salón de Usos Múltiples de uso compartido, optimizando los recursos públicos y fortaleciendo el patrimonio local.
Por Tomás E. Saba
La Municipalidad de San Javier se encamina hacia la concreción de una de las transformaciones de infraestructura pública e institucional más significativas de los últimos años. A través del Expediente N° 0087/1-2026, la intendenta Lic. Ana Maribel González elevó al Honorable Concejo Municipal el proyecto de ordenanza que autoriza la suscripción de un convenio de colaboración bajo la modalidad de comodato con la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe. La iniciativa tiene como propósito central revalorizar, ampliar y centralizar las dependencias del Distrito Judicial N° 20 en la ciudad.
El inmueble objeto del acuerdo se encuentra ubicado sobre calle Independencia 1771 y abarca una superficie total de 1.874,89 m². El predio cuenta con una estructura construida de 885 m² distribuida en dos plantas cuya edificación había quedado inconclusa, constituyendo hasta la fecha un pasivo urbano para la zona. Con la radicación de la sede judicial, el Municipio no solo da respuesta a las necesidades operativas de la administración de justicia, sino que recupera un espacio neurálgico para el desarrollo citadino.
Eficiencia presupuestaria y sustentabilidad fiscal
Uno de los pilares técnicos más sólidos de la propuesta es el esquema de financiamiento estipulado. El convenio establece que la cesión del uso del terreno se formalizará por un término de treinta (30) años, con posibilidad de prórroga automática o de avanzar hacia una donación definitiva del lote en los términos de la Ley Provincial N° 12.510.
En materia fiscal, la totalidad de las erogaciones vinculadas a las adecuaciones estructurales, refacciones, mantenimiento edilicio y el pago de servicios esenciales (agua, energía eléctrica y gas) correrán por exclusiva cuenta del Poder Judicial de la Provincia. Dicha estipulación garantiza una rigurosa cautela del patrimonio municipal, eximiendo al erario local de comprometer recursos en la obra y su posterior sostenimiento operativo.
La intervención del Concejo: rigor técnico y valor comunitario
El análisis del proyecto dentro del cuerpo legislativo alcanzó un avance decisivo el pasado 28 de octubre, fecha en que las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Obras Públicas, Moralidad e Higiene emitieron un despacho conjunto favorable.
Lejos de una mera ratificación, los ediles introdujeron modificaciones sustanciales al texto original mediante la incorporación del Artículo 6°:
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Salón de Usos Múltiples (SUM): Se obliga a la parte comodataria a construir un SUM con acceso independiente para ser utilizado de manera compartida por el Poder Judicial, la Municipalidad de San Javier y el Honorable Concejo Municipal, garantizando la autonomía funcional de las partes.
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Garantía de afectación: Ante un eventual requerimiento de desafectación del uso compartido para destinar el espacio exclusivamente a la actividad judicial, se requerirá de manera obligatoria e inexcusable la previa autorización formal del Concejo Deliberante.
Con el dictamen de ambas comisiones consumado, el cuerpo deliberativo se dispone a otorgar la sanción definitiva a una medida que conjuga modernización institucional, eficiencia en la gestión del suelo público y beneficios concretos para la comunidad de San Javier.



